¿Equipos que deben pasar la inspección?
EQUIPOS MOVILES DEDICADOS A LA ACTIVIDAD AGRICOLA
– Pulverizadores hidráulicos (barras o pistolas)
– Pulverizadores hidroneumáticos (atomizadores)
– Pulverizadores neumáticos y centrífugos (nebulizadores)
– Espolvoreadores
EQUIPOS FIJOS Y EQUIPOS EN INSTALACIONES FIJAS E INVERNADEROS
EQUIPOS MOVILES DESTINADOS A OTROS USOS NO AGRICOLAS
Quedan exentos los accionados manualmente cuyo depósito tenga una capacidad inferior a 100 litros
Periodicidad de las inspecciones
– Los equipos nuevos en los cinco primeros años tras su adquisición.
– Inspecciones posteriores, cada cinco años, excepto para empresas de servicios agrarios, ATRIAS, ADS y asociaciones similares; Cooperativas agrarias, agrupaciones de agricultores y comunidades de bienes, que será trienal.
– A partir del año 2020, cada tres años.
– Todos los equipos con más de 5 años deberán haber superado la inspección antes de Noviembre de 2016
¿Por qué una inspección?
– La inspección tiene como finalidad comprobar y verificar el buen estado y funcionamiento de los equipos de aplicación.
– De esta manera se espera mejorar y reducir el proceso de utilización de productos fitosanitarios, resultando beneficioso, tanto para el sector agrícola como para la sociedad en general.
Con el equipo en condiciones óptimas, todo son ventajas:
1ª ECONOMICAS. Ahorro de tiempo y de producto utilizado.
2ª EFECTIVIDAD. Los tratamientos contra plagas y enfermedades serán más eficaces.
3ª SEGURIDAD. Menor riesgo de accidentes para el operador y menor riesgo de residuos de productos fitosanitarios en nuestros cultivos.
Tener la documentación en regla permite acogerse a las ayudas PAC con garantías de no ser sancionados por parte de los organismos autonómicos.
¿Es obligatorio superar la ITEAF? ¿Qué ocurre si no la paso?
La Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo y del Consejo Europeo de 21 de octubre de 2009 por la que se establece el marco de la actuación comunitaria para conseguir un uso sostenible de los plaguicidas establece, en el apartado referente a inspección de equipos en uso (Capítulo III, artículo 8: Inspección de equipos en uso), lo siguiente:
“A más tardar el 14 de diciembre de 2016, los Estados miembros velarán por que los equipos de aplicación de plaguicidas se inspeccionen como mínimo una vez. Transcurrido dicho período, solamente podrán utilizarse para fines profesionales los equipos de aplicación de plaguicidas que hayan pasado con éxito la inspección.”
Los titulares de los equipos de aplicación de fitosanitarios que no hayan pasado inspección podrán ser inspeccionados por el Departamento de Sanidad Vegetal y recibir sanciones relacionadas con el cobro de las ayudas de la PAC.
Los agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (SEPRONA) también velarán por el cumplimiento de la Normativa y podrán sancionar por otras vías.
¿Debo pasar la ITEAF si no cobro ayudas PAC?
Si. Todos los equipos de aplicaciones fitosanitarias tiene que pasar la inspección sean o no para uso agrícola.
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